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	<title>Dinero y finanzas &#187; Agencia tributaria</title>
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	<description>¿Cómo ganar dinero? - Información financiera y ahorros</description>
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		<title>Descargar programa padre 2011. Hacienda y declaración de la renta.</title>
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		<pubDate>Tue, 05 Apr 2011 17:10:07 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Ya está disponible el programa padre 2011 de declaración de la renta. Todos los contribuyentes pueden descargar el programa padre y saber si les toca pagar a Hacienda o les sale a devolver en la declaración de la renta 2011. El programa padre de declaración de la renta continúa siendo la principal herramienta de ayuda [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Ya está disponible el <strong>programa padre 2011 de declaración de la renta</strong>. Todos los contribuyentes pueden descargar el programa padre y saber si les toca pagar a Hacienda o les sale a devolver en la declaración de la renta 2011.</p>
<p>El <strong>programa padre de declaración de la renta</strong> continúa siendo la principal herramienta de ayuda con el borrador de la renta, a la hora de confeccionar la declaración de IRPF anual. Un programa que publica cada año la Agencia Tributaria y que podemos descargar en el pc para simular la declaración de la renta fácilmente.</p>
<p><span id="more-1077"></span>Al <strong>descargar el programa padre 2011</strong> podrá importar los datos fiscales de Hacienda y personalizar la declaración de la renta rellenando la información fiscal. Desde la página web de la Agencia Tributaria y desde el propio programa podrá consultar el <strong>manual de ayuda de la renta</strong> como guía para rellenar las casillas de la declaración de IRPF.</p>
<p>Si no puede o no desea descargar el programa padre 2011 y confeccionar la renta personalmente, podrá <strong>pedir cita previa para la renta</strong> en las oficinas de la Agencia Tributaria y un asesor tributario le aclarará las dudas que tenga y rellenará las casillas de la declaración de la renta con usted. </p>
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		<title>Borrador renta 2011. Fechas y Plazo para solicitar borrador de declaración de la renta 2011.</title>
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		<pubDate>Tue, 05 Apr 2011 16:35:54 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Desde el 4 de abril de 2011 se ha abierto el plazo para solicitar el borrador de la renta 2011 a la Agencia Tributaria. Todos los contribuyentes que hayan solicitado el borrador de IRPF marcando la casilla 86 de la declaración de la renta el año anterior, Hacienda se encargará automáticamente de enviar a su [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Desde el 4 de abril de 2011 se ha abierto el plazo para solicitar el borrador de la renta 2011 a la Agencia Tributaria.</strong> </p>
<p>Todos los contribuyentes que hayan solicitado el borrador de IRPF marcando la casilla 86 de la declaración de la renta el año anterior, Hacienda se encargará automáticamente de enviar a su domicilio fiscal el<strong> borrador de la declaración de la renta</strong> conjuntamente con los datos fiscales que constan en las bases de datos de la Agencia Tributaria.  </p>
<p><span id="more-1070"></span>El <strong>último día para pedir el <a href="http://www.comodinero.com/borrador-de-declaracion-de-la-renta/borrador-declaracion-de-la-renta/" class="kblinker" title="borrador de declaración de la renta">borrador de declaración de la renta</a></strong> a Hacienda este año será el 27 de junio de 2011. Fecha en la que se cerrará además el período para solicitar los datos fiscales del ejercicio fiscal.</p>
<p>Los datos del <strong>borrador de la renta</strong> que envía la Agencia Tributaria son meramente informativos como ayuda para confeccionar la declaración de la renta. Es obligación de los contribuyentes revisar los datos fiscales informados el el borrador, modificar los que sean necesarios e informar a Hacienda los datos que falten por incluir en el mismo.</p>
<p>El <strong>último día para confirmar el borrador de declaración de la renta</strong> será el 27 de junio de 2011 para las declaraciones de la renta con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta, y el 30 de junio de 2011 para las declaraciones de la renta con resultado a ingresar sin domiciliación en cuenta, a devolver, renuncia a la devolución y negativo.</p>
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		<title>Plazos declaración de la renta 2011. Fechas de IRPF 2011.</title>
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		<pubDate>Tue, 15 Mar 2011 19:05:11 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Ya está disponible el calendario del contribuyente 2011 de la Agencia Tributaria con los plazos para la presentación de la declaración de la renta 2011, plazos para solicitar el borrador de declaración de la renta y plazos para confirmar el borrador de la renta. Si está obligado a presentar la declaración de la renta 2011, [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Ya está disponible el <strong>calendario del contribuyente 2011</strong> de la Agencia Tributaria con los plazos para la presentación de la declaración de la renta 2011, plazos para solicitar el <a href="http://www.comodinero.com/borrador-de-declaracion-de-la-renta/borrador-declaracion-de-la-renta/" class="kblinker" title="borrador de declaración de la renta">borrador de declaración de la renta</a> y  plazos para confirmar el borrador de la renta.</p>
<p>Si está obligado a presentar la <strong>declaración de la renta 2011</strong>, por rendimientos íntegros del trabajo que superen el máximo establecido por la Agencia Tributaria deberá conocer la fecha de inicio de la declaración de la renta así como el último día para confirmar el borrador de la renta 2011.</p>
<p><span id="more-1024"></span>Del 3 de mayo al 30 de junio de 2011: Plazo de presentación de la declaración de la renta 2011. Este será el plazo para entregar la declaración de la renta.</p>
<p>Del 4 de abril al 27 de junio de 2011: Solicitud de borrador de declaración de la renta 2011.</p>
<p>Del 4 de abril al 27 de junio de 2011: Confirmación del borrador de declaración de IRPF 2011 con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta.</p>
<p>Del 4 de abril al 30 de junio: Confirmación del borrador de declaración de la renta con resultado a devolver, renuncia a la devolución, negativo y a ingresar sin domiciliación en cuenta.</p>
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		<title>Declaración de la renta 2011. Novedades y Cambios IRPF 2011.</title>
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		<pubDate>Tue, 15 Mar 2011 18:52:24 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<description><![CDATA[La declaración de la renta 2011 como todos los años nos trae novedades y cambios importantes que afectan a la mayoría de los contribuyentes. Modificaciones que son de importancia conocer durante el ejercicio fiscal para no tener problemas en la declaración de la renta. - El cambio más comentado en la declaración de la renta [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La <strong>declaración de la renta 2011</strong> como todos los años nos trae novedades y cambios importantes que afectan a la mayoría de los contribuyentes. Modificaciones que son de importancia conocer durante el ejercicio fiscal para no tener problemas en la declaración de la renta.</p>
<p>- El cambio más comentado en la <strong>declaración de la renta 2011</strong> o IRPF 2011, es la eliminación de la <strong>deducción por vivienda habitual</strong> y por cuenta vivienda a partir del 1 de enero de 2011, para contribuyentes con base imponible anual superior a 24.107,20 euros, con sus especificidades según las comunidades autónomas.</p>
<p><span id="more-1019"></span>- Otro de los cambios importantes en la declaración de la renta 2011 es que <strong>se elimina el cheque bebé</strong> de ayuda y deducción por nacimiento o adopción de hijo.</p>
<p>- Incremento de la reducción del rendimiento neto del 50% al 60%, derivado del arrendamiento de viviendas y alquiler de pisos.</p>
<p>- Se establecen dos nuevos tramos en la <strong>escala general de retenciones</strong> al 45% para rentas superiores a 120.000 y 175.000 euros.</p>
<p>- Se introduce el límite en 12.080 euros de base máxima de deducción por obras e instalaciones para adecuar la <strong>vivienda habitual</strong> por razones de discapacidad.</p>
<p>- Sube el tipo máximo de <strong>IRPF</strong> del 43 al 45% para rentas superiores a 120.000 euros</p>
<p>- Se reducen hasta eliminar el porcentaje de deducciones por formación profesional,  exportación, inversiones medioambientales.</p>
<p>- Se obliga a las empresas las recibir las notificaciones y comunicaciones de la <strong>Agencia Tributaria</strong> por medios electrónicos.</p>
<p>- En el <strong>alquiler de viviendas</strong> se modifica en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2011, el rango de edad del inquilino de 18 a 30 años en el alquiler de pisos y viviendas, que da derecho al propietaria que alquila la vivienda a una reducción del 100% y se amplia a la deducción por rendimiento de capital inmobiliario al 60%.</p>
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		<title>Simulador renta 2011. Ayuda cálculo IRPF Agencia Tributaria.</title>
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		<pubDate>Sun, 13 Mar 2011 22:39:55 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Ya está disponible el simulador de declaración de la renta 2011 de la Agencia Tributaria con el que realizar el cálculo aproximado de la deducción que nos corresponde en el IRPF. El simulador de declaración de la renta de la AEAT es solo un programa de ayuda que ofrece la Agencia Tributaria que en ningún [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Ya está disponible el <strong>simulador de declaración de la renta 2011</strong> de la Agencia Tributaria con el que realizar el cálculo aproximado de la deducción que nos corresponde en el IRPF. </p>
<p>El <strong>simulador de declaración de la renta</strong> de la AEAT es solo un programa de ayuda que ofrece la Agencia Tributaria que en ningún caso sus datos de resultado de cálculo serán vinculantes en la renta.</p>
<p><span id="more-997"></span>Para utilizar el simulador de <strong>renta 2011</strong> deberá conocer los datos personales y económicos del ejercicio fiscal correspondiente con el fin de calcular la deducción en la declaración de la renta lo más aproximada posible a la definitiva.</p>
<p>El resultado del cálculo de renta obtenido con el simulador de la Agencia Tributaria será muy parecido al resultado de <strong>descargar el programa PADRE 2011</strong>, descargar los datos fiscales de la página web de la Agencia Tributaria y conformar el <a href="http://www.comodinero.com/borrador-de-declaracion-de-la-renta/borrador-declaracion-de-la-renta/" class="kblinker" title="borrador de declaración de la renta">borrador de declaración de la renta</a>.</p>
<p>El <strong>simulador de IRPF 2011</strong> le permitirá conocer antes de que comience el plazo de entrega de la declaración de la renta cuánto le sale a pagar o devolver a Hacienda según los ingresos y rendimientos económicos obtenidos en el ejercicio fiscal.</p>
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		<title>Impuesto transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados</title>
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		<pubDate>Thu, 17 Feb 2011 18:12:46 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Impuestos]]></category>
		<category><![CDATA[Agencia tributaria]]></category>
		<category><![CDATA[IVA]]></category>

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		<description><![CDATA[¿Qué es el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados? El impuesto de transmisiones patrimoniales y actos documentados es un impuesto indirecto regulado por el Real Decreto 1/1993, de 24 de septiembre (BOE de 20 de octubre) y desarrollado por el Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo (BOE de 22 de junio). El [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong>¿Qué es el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados?</strong></p>
<p>El <strong>impuesto de transmisiones patrimoniales y actos documentados</strong> es un impuesto indirecto  regulado por el Real Decreto 1/1993, de 24 de septiembre (BOE de 20 de octubre) y desarrollado por el Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo (BOE de 22 de junio).</p>
<p>El tributo o tipo de gravamen del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos incluye:</p>
<p>- <strong>Transmisiones patrimoniales onerosas de bienes muebles o inmuebles</strong> así como la constitución y cesión de derechos reales que recaigan sobre dichos bienes, compraventa de un piso o vivienda de segunda mano, compraventa de coches de segunda mano, constitución de derechos reales, arrendamientos.</p>
<p><span id="more-942"></span>- <strong>Actos jurídicos documentados</strong>, anotaciones. documentos notariales, mercantiles y administrativos, escrituras públicas.</p>
<p>- <strong>Operaciones societarias</strong> como escisión y disolución de sociedades, la constitución, aumento o disminución de capital.</p>
<p>La cuota tributaria o gravamen del <strong>impuesto de transmisiones patrimoniales</strong> y<strong> actos jurídicos documentados</strong> es potestad de cada  comunidad autónoma. En el caso de Comunidades Autónomas que no establezcan una cuota tributaria como impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados se aplicará el establecido como norma general del Estado.</p>
<p><strong>Dónde se paga el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados</strong></p>
<p>La liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados podrá liquidarse en la Delegación de Hacienda correspondiente a la Comunidad Autónoma en un <strong>plazo de 30 días hábiles</strong> desde la fecha de formalización del acto o contrato. </p>
<p>El <strong>lugar de presentación</strong> de la liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados en Madrid, por ejemplo, se deberá pagar en la Delegación General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, Paseo del General Martínez Campos, nº 30, 1ª planta.</p>
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		<title>Borrador de declaración de la renta 2011</title>
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		<pubDate>Thu, 10 Feb 2011 21:38:34 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<description><![CDATA[El borrador de declaración de la renta 2011 actualmente es el principal punto de comienzo para confeccionar la declaración de la renta y estará disponible para todos los contribuyentes desde el mes de abril del 2011. Fecha a partir de la cual comenzará el período para confeccionar la renta 2011. Para solicitar el borrador de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El <strong><a href="http://www.comodinero.com/borrador-de-declaracion-de-la-renta/borrador-declaracion-de-la-renta/" class="kblinker" title="borrador de declaración de la renta">borrador de declaración de la renta</a> 2011</strong> actualmente es el principal punto de comienzo para confeccionar la declaración de la renta y estará disponible para todos los contribuyentes desde el mes de abril del 2011. Fecha a partir de la cual comenzará el período para confeccionar la renta 2011.</p>
<p>Para solicitar el borrador de declaración de la renta 2011 lo podremos realizar por internet a través de la página de la <strong>Agencia Tributaria</strong>, o bien desde la declaración de la renta del año anterior habiendo marcado la casilla 86 como identificador para pedir que Hacienda nos envíe en el próximo ejercicio fiscal el borrador de declaración de la renta directamente a nuestro domicilio.</p>
<p><span id="more-927"></span>Además de la posibilidad de solicitar el <strong>borrador de declaración de la renta 2011</strong> por internet desde la página de la Agencia Tributaria, también podremos pedir el borrador de la renta por teléfono al 901 12 12 24 (las 24 horas del día) o llamando al 901 200 345. A partir de este mes Hacienda publica el <strong>calendario del contribuyente</strong> con la fecha exacta de comienzo de la declaración de la renta, solicitud del borrador de IRPF 2011 y fecha fin de declaración de la renta 2011, período en el cual los teléfonos de la Agencia Tributaria estarán disponibles. </p>
<p>En el borrador de la renta deberemos revisar los ingresos en concepto de rendimientos del trabajo, la desgravación por vivienda habitual o por alquiler, las deducciones por aportaciones a planes de pensiones. Algunos de estos conceptos se verán afectados por cambios y novedades en la declaración de la renta 2011 y deberán ser revisados con detalle.</p>
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		<title>Desgravación cuenta vivienda 2011</title>
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		<pubDate>Sat, 18 Dec 2010 19:21:52 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<category><![CDATA[cuenta vivienda]]></category>
		<category><![CDATA[impuesto sobre la renta]]></category>
		<category><![CDATA[IRPF 2011]]></category>
		<category><![CDATA[renta 2011]]></category>

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		<description><![CDATA[Si está pensando en comprar una vivienda a corto plazo puede disfrutar de los beneficios y ventajas fiscales que ofrece la cuenta vivienda 2011. Un tipo de cuenta remunerada que se puede incluir como desgravación por cuenta vivienda en la declaración de la renta 2011. Hasta cuatro años antes de comprar una vivienda habitual usted [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Si está pensando en comprar una vivienda a corto plazo puede disfrutar de los beneficios y ventajas fiscales que ofrece la cuenta vivienda 2011. Un tipo de cuenta remunerada que se puede incluir como <strong>desgravación por cuenta vivienda</strong> en la declaración de la renta 2011.</p>
<p>Hasta cuatro años antes de comprar una vivienda habitual usted podrá abrir una <strong>cuenta vivienda</strong> remunerada en la que el dinero depositado en ella, con un máximo de <strong>9.015 euros</strong>,  tendrá derecho a una desgravación por cuenta vivienda del 15% en su declaración de la renta IRPF 2011. A partir de los cuatro años el titular de la cuenta vivienda tiene dos años de plazo para comprar su vivienda habitual.</p>
<p><span id="more-907"></span>El dinero depositado en la <strong>cuenta vivienda</strong> y del que hacienda le devuelve el 15% cada año en su declaración de la renta, deberá ser invertido en la adquisición de su vivienda habitual, de lo contrario estará obligado a devolverlo con los intereses generados durante ese tiempo.</p>
<p>El manual oficial de la <strong>Agencia Tributaria</strong> (AEAT) es bien claro en este sentido. Los contribuyentes que dispongan de las cantidades depositadas en su cuenta vivienda para otros fines que no sean los de adquirir una vivienda habitual o rehabilitar su vivienda habitual perderán el derecho a las deducciones y ventajas fiscales que ofrece la la AEAT en este concepto en la declaración de IRPF.</p>
<p><strong>Desgravación cuenta vivienda 2011</strong></p>
<p>Las novedades y cambios en la <strong>declaración de la renta 201</strong>1 en concepto de desgravación por cuenta vivienda contemplan que a partir de 2011 solo se podrán desgravar en concepto de cuenta vivienda los contribuyentes con renta inferior a <strong>24.107 euros</strong>. Los contribuyentes con rentas superiores a esta cantidad a partir de la declaración de la renta 2011 verán eliminadas estas ventajas fiscales por la compra de su vivienda habitual.</p>
<p>Para  rentas entre <strong>24.107 euros</strong> y <strong>17.700 euros</strong> podrán continuar disfrutando de la <strong>deducción por cuenta vivienda</strong> en la declaración de la renta 2011, aunque la cantidad que le devolverá Hacienda disminuirá según el porcentaje que represente su renta entre estas cantidades.</p>
]]></content:encoded>
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		<title>Quiénes están obligados a hacer la renta</title>
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		<pubDate>Sun, 13 Jun 2010 16:36:05 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Declaración de la renta]]></category>
		<category><![CDATA[Agencia tributaria]]></category>
		<category><![CDATA[borrador renta]]></category>
		<category><![CDATA[IRPF]]></category>
		<category><![CDATA[renta 2011]]></category>
		<category><![CDATA[renta 2012]]></category>

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		<description><![CDATA[Cada año según los cambios y novedades en la declaración de la renta, la primera pregunta que se hacen todos los contribuyentes es, quiénes están obligados a hacer la declaración de la renta, también denominada declaración de IRPF. Para saber quién tiene que hacer la declaración de la renta y quién no tiene que hacerla [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Cada año según los cambios y novedades en la <strong>declaración de la renta</strong>, la primera pregunta que se hacen todos los contribuyentes es, quiénes están obligados a hacer la declaración de la renta, también denominada declaración de IRPF. Para saber quién tiene que hacer la declaración de la renta y quién no tiene que hacerla lo más importante es conocer los límites dispuestos por la Agencia Tributaria que no se deben superar.</p>
<p>Para la <strong>declaración de la renta 2011</strong> no están obligados a declarar los contribuyentes cuyos rendimientos íntegros del trabajo no sobrepasen el límite de 22.000 euros anuales.</p>
<p><span id="more-721"></span>Este  límite para presentar la declaración de la renta será de 11.200 euros en el caso de contribuyentes cuyos rendimientos íntegros del trabajo se encuentren dentro de los siguientes supuestos:</p>
<p><!--more-->- Cuando los ingresos procedan de más de un pagador, con determinadas excepciones.<br />
- Cuando los ingresos percibidos por el contribuyente esté asociado a pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.<br />
- Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.<br />
- Cuando el contribuyente perciba rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.</p>
<p>No estarán obligados a presentar la declaración de la renta los contribuyentes con rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta que no sobrepasen el límite conjunto de 1.600 euros anuales.</p>
<p>Los contribuyentes con rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales.</p>
<p>Los contribuyentes con rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros.</p>
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		<title>Agencia Tributaria devoluciones</title>
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		<pubDate>Mon, 17 May 2010 18:10:56 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Declaración de la renta]]></category>
		<category><![CDATA[Agencia tributaria]]></category>
		<category><![CDATA[IRPF]]></category>
		<category><![CDATA[renta 2011]]></category>
		<category><![CDATA[renta 2012]]></category>

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		<description><![CDATA[Ya puedes consultar las devoluciones de la renta con Certificado Digital a través de la nueva sede electrónica de la Agencia Tributaria, anteriormente Oficina Virtual de la AEAT, o a través del Portal Web de Servicios de Renta. Todos los contribuyentes tendrán acceso a consultar el estado de la devolución de la renta por internet. [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Ya puedes consultar las devoluciones de la renta con Certificado Digital a través de la nueva sede electrónica de la <strong>Agencia Tributaria</strong>, anteriormente Oficina Virtual de la AEAT, o a través del Portal Web de Servicios de Renta.</p>
<p>Todos los contribuyentes tendrán acceso a consultar el estado de la devolución de la renta por internet. Para ello solo será necesario introducir el DNI y el importe a devolver por Hacienda correspondiente a su <a title="Declaración de la renta" href="http://www.comodinero.com/declaracion-de-la-renta/declaracion-de-la-renta-irpf-agencia-tributaria/" target="_blank">declaración de la renta</a>.</p>
<p><span id="more-703"></span><strong>Requisitos para devoluciones de la Agencia Tributaria</strong></p>
<p>- Haber confirmado el borrador de la declaración de la renta o haber presentado la declaración confeccionada personalmente.<br />
- Que el resultado de la declaración sea a devolver por Hacienda.</p>
<p><strong>Plazo de la Agencia Tributaria para devoluciones</strong></p>
<p>El plazo establecido para que la Agencia Tributaria conforme las devoluciones a los contribuyentes es de 6 meses a partir del último día para presentar la <strong>declaración de la renta 2011</strong>. Con lo cual, hasta el 31 de diciembre de este año podrá realizar las devoluciones de la renta por Hacienda.</p>
<p>Si al transcurrir los seis meses de <strong>plazo de la Agencia Tributaria para devoluciones</strong> no ha efectuado el pago de Hacienda, se aplicará al importe a devolver una comisión de demora del 5%. Comisión que ingresará automáticamente la AEAT sin necesidad por parte del contribuyente de reclamar su pago.</p>
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