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	<title>Dinero y finanzas &#187; IRPF</title>
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	<description>¿Cómo ganar dinero? - Información financiera y ahorros</description>
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		<title>Descargar programa padre 2011. Hacienda y declaración de la renta.</title>
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		<pubDate>Tue, 05 Apr 2011 17:10:07 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Ya está disponible el programa padre 2011 de declaración de la renta. Todos los contribuyentes pueden descargar el programa padre y saber si les toca pagar a Hacienda o les sale a devolver en la declaración de la renta 2011. El programa padre de declaración de la renta continúa siendo la principal herramienta de ayuda [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Ya está disponible el <strong>programa padre 2011 de declaración de la renta</strong>. Todos los contribuyentes pueden descargar el programa padre y saber si les toca pagar a Hacienda o les sale a devolver en la declaración de la renta 2011.</p>
<p>El <strong>programa padre de declaración de la renta</strong> continúa siendo la principal herramienta de ayuda con el borrador de la renta, a la hora de confeccionar la declaración de IRPF anual. Un programa que publica cada año la Agencia Tributaria y que podemos descargar en el pc para simular la declaración de la renta fácilmente.</p>
<p><span id="more-1077"></span>Al <strong>descargar el programa padre 2011</strong> podrá importar los datos fiscales de Hacienda y personalizar la declaración de la renta rellenando la información fiscal. Desde la página web de la Agencia Tributaria y desde el propio programa podrá consultar el <strong>manual de ayuda de la renta</strong> como guía para rellenar las casillas de la declaración de IRPF.</p>
<p>Si no puede o no desea descargar el programa padre 2011 y confeccionar la renta personalmente, podrá <strong>pedir cita previa para la renta</strong> en las oficinas de la Agencia Tributaria y un asesor tributario le aclarará las dudas que tenga y rellenará las casillas de la declaración de la renta con usted. </p>
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		<title>Declaración de la renta 2011. Novedades y Cambios IRPF 2011.</title>
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		<pubDate>Tue, 15 Mar 2011 18:52:24 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Declaración de la renta]]></category>
		<category><![CDATA[Agencia tributaria]]></category>
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		<description><![CDATA[La declaración de la renta 2011 como todos los años nos trae novedades y cambios importantes que afectan a la mayoría de los contribuyentes. Modificaciones que son de importancia conocer durante el ejercicio fiscal para no tener problemas en la declaración de la renta. - El cambio más comentado en la declaración de la renta [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La <strong>declaración de la renta 2011</strong> como todos los años nos trae novedades y cambios importantes que afectan a la mayoría de los contribuyentes. Modificaciones que son de importancia conocer durante el ejercicio fiscal para no tener problemas en la declaración de la renta.</p>
<p>- El cambio más comentado en la <strong>declaración de la renta 2011</strong> o IRPF 2011, es la eliminación de la <strong>deducción por vivienda habitual</strong> y por cuenta vivienda a partir del 1 de enero de 2011, para contribuyentes con base imponible anual superior a 24.107,20 euros, con sus especificidades según las comunidades autónomas.</p>
<p><span id="more-1019"></span>- Otro de los cambios importantes en la declaración de la renta 2011 es que <strong>se elimina el cheque bebé</strong> de ayuda y deducción por nacimiento o adopción de hijo.</p>
<p>- Incremento de la reducción del rendimiento neto del 50% al 60%, derivado del arrendamiento de viviendas y alquiler de pisos.</p>
<p>- Se establecen dos nuevos tramos en la <strong>escala general de retenciones</strong> al 45% para rentas superiores a 120.000 y 175.000 euros.</p>
<p>- Se introduce el límite en 12.080 euros de base máxima de deducción por obras e instalaciones para adecuar la <strong>vivienda habitual</strong> por razones de discapacidad.</p>
<p>- Sube el tipo máximo de <strong>IRPF</strong> del 43 al 45% para rentas superiores a 120.000 euros</p>
<p>- Se reducen hasta eliminar el porcentaje de deducciones por formación profesional,  exportación, inversiones medioambientales.</p>
<p>- Se obliga a las empresas las recibir las notificaciones y comunicaciones de la <strong>Agencia Tributaria</strong> por medios electrónicos.</p>
<p>- En el <strong>alquiler de viviendas</strong> se modifica en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2011, el rango de edad del inquilino de 18 a 30 años en el alquiler de pisos y viviendas, que da derecho al propietaria que alquila la vivienda a una reducción del 100% y se amplia a la deducción por rendimiento de capital inmobiliario al 60%.</p>
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		<title>Impuesto de sucesiones y donaciones.</title>
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		<pubDate>Fri, 18 Feb 2011 18:12:20 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Impuestos]]></category>
		<category><![CDATA[impuesto sobre la renta]]></category>
		<category><![CDATA[Impuesto sobre Sociedades]]></category>
		<category><![CDATA[IRPF]]></category>
		<category><![CDATA[IVA]]></category>

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		<description><![CDATA[Qué es el Impuesto de sucesiones El Impuesto de sucesiones y donaciones es el gravamen aplicado a los incrementos patrimoniales por herencias, legados o donaciones de bienes y derechos que superan un importe determinado, aplicado a las personas físicas. En el caso de personas jurídicas se aplicará el Impuesto de sociedades. Ley del impuesto sobre [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Qué es el Impuesto de sucesiones</strong></p>
<p>El <strong>Impuesto de sucesiones y donaciones</strong> es el gravamen aplicado a los incrementos patrimoniales por herencias, legados o donaciones de bienes y derechos que superan un importe determinado, aplicado a las personas físicas. En el caso de personas jurídicas se aplicará el Impuesto de sociedades.</p>
<p><strong>Ley del impuesto sobre sucesiones y donaciones</strong></p>
<p>Según la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del <strong>Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones</strong>, se establece el reglamento de impuesto de sucesiones y donaciones aplicable en todo el territorio Español. Con la delegación de la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, el cálculo de la base liquidable y tarifa aplicable dependerá de cada Comunidad Autónoma.</p>
<p><span id="more-953"></span>Navarra, Cantabria y País Vasco son las comunidades autónomas donde los beneficiarios de sucesiones o donaciones menos tributo pagan.</p>
<p><strong>Sujeto pasivo del impuesto de sucesiones y donaciones</strong></p>
<p>- En sucesiones por herencia los sujetos pasivos serán los legatarios o herederos.<br />
- En donaciones los sujetos pasivos serán los donatarios.<br />
- En los seguros de vida los sujetos pasivos serán los beneficiarios.</p>
<p><strong>Plazo para presentar el impuesto de sucesiones y donaciones</strong></p>
<p>El plazo para la presentación del impuesto de sucesiones es de 6 meses a partir de la fecha de fallecimiento o declaración de fallecimiento del causante. </p>
<p>En plazo para la presentación del impuesto de donaciones es de 30 días hábiles a partir del día que se cause el acto o contrato.</p>
<p><strong>Novedades y Reforma del impuesto de sucesiones y donaciones 2010</strong></p>
<p>Según la nueva Ley de regulación del impuesto sobre sucesiones y donaciones desaparece dicho gravamen para el 94% de los contribuyentes y quedará el tributo aplicable exclusivamente los grandes patrimonios.</p>
<p><strong>Novedades del impuesto de sucesiones y donaciones 2011 </strong></p>
<p>Bonificación del 99% de la cuota de impuesto aplicable al ámbito familiar (padres, hijos, cónyuges y parejas de hecho) sobre el Impuesto de sucesiones y donaciones por parte del Gobierno.</p>
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		<title>Quiénes están obligados a hacer la renta</title>
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		<pubDate>Sun, 13 Jun 2010 16:36:05 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Declaración de la renta]]></category>
		<category><![CDATA[Agencia tributaria]]></category>
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		<description><![CDATA[Cada año según los cambios y novedades en la declaración de la renta, la primera pregunta que se hacen todos los contribuyentes es, quiénes están obligados a hacer la declaración de la renta, también denominada declaración de IRPF. Para saber quién tiene que hacer la declaración de la renta y quién no tiene que hacerla [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Cada año según los cambios y novedades en la <strong>declaración de la renta</strong>, la primera pregunta que se hacen todos los contribuyentes es, quiénes están obligados a hacer la declaración de la renta, también denominada declaración de IRPF. Para saber quién tiene que hacer la declaración de la renta y quién no tiene que hacerla lo más importante es conocer los límites dispuestos por la Agencia Tributaria que no se deben superar.</p>
<p>Para la <strong>declaración de la renta 2011</strong> no están obligados a declarar los contribuyentes cuyos rendimientos íntegros del trabajo no sobrepasen el límite de 22.000 euros anuales.</p>
<p><span id="more-721"></span>Este  límite para presentar la declaración de la renta será de 11.200 euros en el caso de contribuyentes cuyos rendimientos íntegros del trabajo se encuentren dentro de los siguientes supuestos:</p>
<p><!--more-->- Cuando los ingresos procedan de más de un pagador, con determinadas excepciones.<br />
- Cuando los ingresos percibidos por el contribuyente esté asociado a pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.<br />
- Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.<br />
- Cuando el contribuyente perciba rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.</p>
<p>No estarán obligados a presentar la declaración de la renta los contribuyentes con rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta que no sobrepasen el límite conjunto de 1.600 euros anuales.</p>
<p>Los contribuyentes con rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales.</p>
<p>Los contribuyentes con rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros.</p>
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		<title>Pedir borrador declaración de la renta</title>
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		<pubDate>Thu, 03 Jun 2010 17:29:47 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Borrador de declaración de la renta]]></category>
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		<category><![CDATA[Declaración de la renta]]></category>
		<category><![CDATA[impuesto sobre la renta]]></category>
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		<description><![CDATA[Cada año son muchos los contribuyentes obligados a presentar la declaración de la renta y que se les retarda el recibo del borrador de la declaración e incluso no les llega a su domicilio ni el borrador ni los datos fiscales que constan en hacienda a su nombre. La Agencia Tributaria habilita cada año además [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Cada año son muchos los contribuyentes obligados a presentar la <strong>declaración de la renta</strong> y que se les retarda el recibo del borrador de la declaración e incluso no les llega a su domicilio ni el borrador ni los datos fiscales que constan en hacienda a su nombre. La Agencia Tributaria habilita cada año además de sus oficinas de la renta, teléfonos de atención al contribuyente a través del cual podrá pedir el <a href="http://www.comodinero.com/borrador-de-declaracion-de-la-renta/borrador-declaracion-de-la-renta/" class="kblinker" title="borrador de declaración de la renta">borrador de declaración de la renta</a> en caso de que no lo haya recibido aún.</p>
<p>A través de los teléfonos de la <strong>agencia tributaria</strong> y las oficinas de hacienda podrá confeccionar el borrador personalmente y solucionar cualquier duda que tenga sobre cómo confeccionar la renta de personas físicas, IRPF.</p>
<p><span id="more-716"></span>Los teléfonos de la Agencia Tributaria para pedir el borrador de declaración de la renta, pedir cita previa para confeccionar el borrador o solucionar dudas sobre la declaración de la renta son: <strong>901 33 55 33</strong> y <strong>901 200 345</strong>.</p>
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		<title>Agencia Tributaria devoluciones</title>
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		<pubDate>Mon, 17 May 2010 18:10:56 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Ya puedes consultar las devoluciones de la renta con Certificado Digital a través de la nueva sede electrónica de la Agencia Tributaria, anteriormente Oficina Virtual de la AEAT, o a través del Portal Web de Servicios de Renta. Todos los contribuyentes tendrán acceso a consultar el estado de la devolución de la renta por internet. [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Ya puedes consultar las devoluciones de la renta con Certificado Digital a través de la nueva sede electrónica de la <strong>Agencia Tributaria</strong>, anteriormente Oficina Virtual de la AEAT, o a través del Portal Web de Servicios de Renta.</p>
<p>Todos los contribuyentes tendrán acceso a consultar el estado de la devolución de la renta por internet. Para ello solo será necesario introducir el DNI y el importe a devolver por Hacienda correspondiente a su <a title="Declaración de la renta" href="http://www.comodinero.com/declaracion-de-la-renta/declaracion-de-la-renta-irpf-agencia-tributaria/" target="_blank">declaración de la renta</a>.</p>
<p><span id="more-703"></span><strong>Requisitos para devoluciones de la Agencia Tributaria</strong></p>
<p>- Haber confirmado el borrador de la declaración de la renta o haber presentado la declaración confeccionada personalmente.<br />
- Que el resultado de la declaración sea a devolver por Hacienda.</p>
<p><strong>Plazo de la Agencia Tributaria para devoluciones</strong></p>
<p>El plazo establecido para que la Agencia Tributaria conforme las devoluciones a los contribuyentes es de 6 meses a partir del último día para presentar la <strong>declaración de la renta 2011</strong>. Con lo cual, hasta el 31 de diciembre de este año podrá realizar las devoluciones de la renta por Hacienda.</p>
<p>Si al transcurrir los seis meses de <strong>plazo de la Agencia Tributaria para devoluciones</strong> no ha efectuado el pago de Hacienda, se aplicará al importe a devolver una comisión de demora del 5%. Comisión que ingresará automáticamente la AEAT sin necesidad por parte del contribuyente de reclamar su pago.</p>
]]></content:encoded>
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		<title>Borrador declaración de la renta 2011 &#8211; 2012</title>
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		<pubDate>Mon, 17 May 2010 16:18:47 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<description><![CDATA[El borrador de declaración de la renta es un servicio de ayuda que ofrece cada año la Agencia Tributaria a los contribuyentes, estén o no obligados a hacer la declaración de la renta, cuyo perfil corresponda con el de borrador que establece la Ley del IRPF. Para que la Agencia Tributaria haga llegar el borrador [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El <strong><a href="http://www.comodinero.com/borrador-de-declaracion-de-la-renta/borrador-declaracion-de-la-renta/" class="kblinker" title="borrador de declaración de la renta">borrador de declaración de la renta</a></strong> es un servicio de ayuda que ofrece cada año la Agencia Tributaria a los contribuyentes, estén o no obligados a hacer la declaración de la renta, cuyo perfil corresponda con el de borrador que establece la Ley del IRPF. Para que la Agencia Tributaria haga llegar el borrador de declaración de la renta es necesario que el contribuyente haya realizado la solicitud de borrador de la renta previamente.</p>
<p>La <strong>solicitud de borrador de declaración de la renta</strong> se puede realizar llamando al teléfono de la Agencia Tributaria, por internet desde la web de la AEAT o habiendo rellenado la casilla correspondiente en la declaración de la renta del año anterior.</p>
<p><span id="more-698"></span>El borrador de declaración de la renta tiene solo carácter informativo. Es obligación del contribuyente revisar sus datos sus datos fiscales y confirmar el borrador de declaración de la renta debidamente.</p>
<p>Todos los contribuyentes que no cumplan los requisitos necesarios para entrega del borrador de declaración de la renta por parte de la Agencia Tributaria, recibirá sus <strong>Datos Fiscales</strong> que constan en Hacienda, con los que podrá confeccionar su declaración de IRPF, con la ayuda del Programa Padre.</p>
<p>Cualquier información incompleta o incorrecta en los Datos Fiscales de Hacienda, deberá ser actualizada por el contribuyente antes de confirmar el borrador de declaración de la renta. Puede confirmarlo por teléfono, por internet en la web de la <strong>Agencia Tributaria</strong> o mediante la solicitud de cita previa en Hacienda para la confección de la declaración de la renta.</p>
]]></content:encoded>
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		<title>AEAT Oficina Virtual</title>
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		<pubDate>Sun, 16 May 2010 17:20:24 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<description><![CDATA[A partir del 1 de enero del 2010 la Oficina Virtual de la Agencia Tributaria ha sido sustituida por la nueva Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, también denominada Sede Electrónica Oficina Virtual de la AEAT. A través de la AEAT Oficina Virtual, nueva Sede Electrónica, todos los ciudadanos tendrán acceso a los servicios públicos [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>A partir del 1 de enero del 2010 la <strong>Oficina Virtual</strong> de la Agencia Tributaria ha sido sustituida por la nueva <strong>Sede Electrónica</strong> de la Agencia Tributaria, también denominada Sede Electrónica Oficina Virtual de la AEAT.</p>
<p>A través de la AEAT <strong>Oficina Virtual</strong>, nueva Sede Electrónica, todos los ciudadanos tendrán acceso a los servicios públicos electrónicos que ofrece la Agencia Tributaria a través de su sitio web, con Certificado Electrónico, firma electrónica o DNI electrónico.</p>
<p><span id="more-688"></span>Los principales trámites y servicios de la AEAT Oficina Virtual, nueva Sede electrónica, son los referidos a la confección de la <a title="Declaración de la renta" href="http://www.comodinero.com/declaracion-de-la-renta/declaracion-de-la-renta-irpf-agencia-tributaria/" target="_blank">declaración de la renta</a> 2009, descarga de modelos y formularios, presentar y consultar declaraciones de la renta, pago de Impuestos y participar en subastas de la Agencia Tributaria. Todos estos trámites se pueden realizar con <strong>Certificado electrónico</strong> a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.</p>
<p>Lo autónomos y administradores de empresas, al igual que para las personas físicas, tienen la posibilidad de gestionar los trámites para el pago de deudas o la solicitud de aplazamiento de pagos a través de la web de la Agencia Tributaria. Para ello solo deberá tener habilitado en su navegador la Firma Electrónica o DNI Electrónico.</p>
]]></content:encoded>
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		<title>Cómo hacer la declaración de la renta</title>
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		<pubDate>Sat, 01 May 2010 14:00:16 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<category><![CDATA[renta 2011]]></category>
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		<description><![CDATA[La declaración de la renta consiste en rellenar una serie de pasos con su información relativa al ejercicio del año anterior, en este caso del 2010. Existen varias formas de hacer la declaración de la renta, en cualquier de ellas lo primero que deberá hacer es reunir todos los documentos con información válida para conformar [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La declaración de la renta consiste en rellenar una serie de pasos con su información relativa al ejercicio del año anterior, en este caso del 2010. Existen varias formas de hacer la <a title="Declaración de la renta" href="http://www.comodinero.com/declaracion-de-la-renta/declaracion-de-la-renta-irpf-agencia-tributaria/">declaración de la renta</a>, en cualquier de ellas lo primero que deberá hacer es reunir todos los documentos con información válida para conformar su <a title="Borrador de declaración de la renta" href="http://www.comodinero.com/borrador-declaracion-renta/borrador-declaracion-renta-2010/">borrador de declaración de la renta</a>. Todos los documentos deberán ser relativos al ejercicio de año anterior 2010.</p>
<p>Si bien puede <a title="Descargar programa padre" href="http://www.comodinero.com/declaracion-de-la-renta/descargar-programa-padre-irpf-2010/">descargar el programa padre</a> 2010 de ayuda, cuando no sabe cómo hacer la declaración de la renta lo mejor será solicitar cita previa a la Agencia tributaria y con la ayuda de un asesor tributario conformar su declaración de impuestos correctamente.</p>
<p>Es importante que el día de la <a title="Pedir cita para declaración de la renta" href="http://www.comodinero.com/declaracion-de-la-renta/pedir-cita-para-la-declaracion-de-la-renta-2010/">cita para la declaración de la renta</a> en Hacienda, reúna y lleve una serie de documentos que le servirán para obtener su borrador de la renta completo y listo para presentar.</p>
<p><span id="more-682"></span></p>
<p><strong>¿Qué documentos son importantes para hacer la declaración de la renta?</strong></p>
<p>Documentos de identificación para rellenar datos personales en la declaración de la renta, correspondientes con su DNI o NIE.</p>
<p><strong>Ingresos por rendimientos del trabajo</strong><br />
La mayoría de los contribuyentes tienen un trabajo por cuenta ajena, una empresa que le paga un salario y le retiene unos impuestos. Dicha empresa deberá entregarle un Certificado de retenciones que deberá tener en su poder para hacer la declaración de la renta.<br />
Si está en paro y debe presentar la declaración de la renta, el documento equivalente al Certificado de retenciones deberá solicitarlo al INEM, Instituto Nacional de Empleo.<br />
Para los contribuyentes pensionistas, deberán tener en su poder igualmente un Certificado de retenciones donde figure el tipo de pensión, ingresos y retenciones.</p>
<p><strong>Ingresos por rendimientos de capital inmobiliario</strong><br />
Los rendimientos de capital inmobiliario para la declaración de la renta pueden ser por vivienda habitual o por vivienda en alquiler.<br />
Deberá tener en su poder el recibo del IBI, Impuestos sobre Bienes Inmuebles. Si no tiene en su poder este documento, podrá solicitarlo en la web del Catastro.<br />
Si tiene una hipoteca o préstamo hipotecario, deberá tener todos los recibos de pago de la hipoteca correspondientes al año anterior. Si no los tiene todos, bastará con solicitarlos a la entidad bancaria donde tiene su hipoteca.<br />
Si tiene una vivienda en alquiler para incluirlo en la declaración de la renta deberá tener el contrato de alquiler y las facturas de pago correspondientes.</p>
<p><strong>Rendimientos de capital mobiliario</strong><br />
Los rendimientos de capital mobiliario se corresponden con los intereses generados por cuentas bancarias y productos financieros como las acciones, depósitos, títulos de deuda pública o privada. Reclame a su entidad bancaria los certificados de cuentas bancarias influyentes en la declaración de la renta, incluyendo la relativa a cuenta vivienda, si tiene alguna contratada.</p>
<p><strong>Patrimonio</strong><br />
Si durante el ejercicio del año anterior usted a vendido activos propios, como inmuebles, acciones o participaciones en fondos de inversión deberá solicitar a su entidad financiera los documentos relacionados con dichas ventas.</p>
<p><strong>Deducciones para la declaración de la renta</strong><br />
Llegado a este punto le tocará revisar todas las circunstancias personales por la que usted puede acogerse a deducciones. Si ha cambiado su situación familiar por divorcio, ha tenido hijos, tiene ascendientes en situación de manutención, si tiene alguna situación de invalidez. Todos estos casos pueden modificar su declaración de la renta.</p>
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		<title>Confirmar borrador de la renta</title>
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		<pubDate>Sat, 01 May 2010 12:12:39 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Borrador de declaración de la renta]]></category>
		<category><![CDATA[borrador renta]]></category>
		<category><![CDATA[Declaración de la renta]]></category>
		<category><![CDATA[impuesto sobre la renta]]></category>
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		<description><![CDATA[Antes de confirmar el borrador de declaración de la renta &#8220;REVISE&#8221; con cuidado todas las casillas que pueden tener la información más importante que pudiera haber cambiado durante el año anterior. Si hay alguna casilla de la renta que no entiende no dude en solicitar cita previa en la Agencia Tributaria para revisar la declaración [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Antes de <strong>confirmar el <a href="http://www.comodinero.com/borrador-de-declaracion-de-la-renta/borrador-declaracion-de-la-renta/" class="kblinker" title="borrador de declaración de la renta">borrador de declaración de la renta</a></strong> &#8220;<strong>REVISE</strong>&#8221; con cuidado todas las casillas que pueden tener la información más importante que pudiera haber cambiado durante el año anterior. Si hay alguna casilla de la renta que no entiende no dude en solicitar cita previa en la Agencia Tributaria para revisar la declaración de la renta. La cita previa a Hacienda la podrá solicitar por internet en la web de la Agencia Tributaria o por teléfono llamando al</p>
<p><strong>¿Qué debo revisar en el borrador de la renta?</strong></p>
<p>Las circunstancias principales del borrador de la renta que debe revisar con cuidado son:</p>
<p>- Los <strong>ingresos por rendimientos del trabajo</strong> del año anterior, es un valor que le aporta cada año las empresas en las que haya trabajado y que deben estar incluidos en el borrador de la renta</p>
<p>- Los <strong>intereses abonados por todas las entidades bancarias</strong> en las que es cliente, es un valor que lo puede solicitar a su banco o caja de ahorro si no le ha llegado por correo a su domicilio, y que debe incluir en el borrador de la renta</p>
<p><span id="more-675"></span>- La información de las <strong>viviendas en propiedad o alquiler</strong>, así como su r<strong>eferencia catastral</strong> que puede obtener de la  web del catastro, y que deberá incluir igualmente en el borrador de la declaración</p>
<p>- Las <strong>aportaciones a planes de pensiones</strong>, lo puede consultar en su entidad bancaria</p>
<p>- La <strong>deducción por vivienda habitual</strong> en la declaración de la renta (Casilla 738) está sujeta a deducción del 15% y es uno de los puntos principales de devolución en la declaración de la renta para muchos contribuyentes.</p>
<p>- La <strong>deducción por alquiler de vivienda</strong> (Casilla 716), deberá revisarla siempre que su base imponible sea menor de 24.020 euros al año.</p>
<p>- La deducción por <strong>cuenta vivienda</strong>, deberá revisarla en las casillas (784) y (785) del borrador de declaración de la renta. El valor a consignar lo podrá consultar con su entidad bancaria.</p>
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